CySEC Lanza Nuevas Reglas Para Regular Los Activos Criptográficos


September 13, 2021, | AtoZ Markets-La Comisión del Mercado de Valores de Chipre (CySEC) publicó hoy una declaración de política detallada que cubre el proceso de registro y las operaciones de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP).

Mientras tanto, CySEC destacó que, dependiendo de la estructura de las empresas, los activos criptográficos se clasificarán como:

  • Instrumentos financieros de la Ley de Servicios y Actividades de Inversión y Mercados Regulados
  • Dinero electrónico bajo la Ley de Dinero Electrónico

Los activos criptográficos se pueden considerar como una representación digital de valor que no es emitida ni garantizada por un banco central o una autoridad pública. El último marco regulatorio requerirá que las empresas de criptomonedas alineen sus negocios con las regulaciones ALD/CFT.

Además, CySEC también impondrá diversas obligaciones a las empresas como:

  • Requisitos organizativos y operativos
  • Elaboración del perfil económico de los clientes
  • Identificar el origen de los fondos de los clientes
  • Monitoreo de transacciones

Lea aquí todo el comunicado

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CySEC y el Proyecto para legitimar las Criptomonedas

CySEC ha estado trabajando en el proceso de legitimación de activos criptográficos durante algún tiempo. En junio pasado, emitió por primera vez una directiva que revelaba su plan para registrar proveedores de servicios de cifrado.

Del mismo modo, otros reguladores en Malta y Gibraltar también están tratando de otorgar un estatus adecuado a las empresas de criptoactivos. Este movimiento también puede verse como un impulso para poner la tecnología de contabilidad distribuida (DLT) en un marco regulatorio.

Sin embargo, CySEC identificó muchos riesgos de integrar DLT en los mercados de valores. Entre ellos, CySEC ha dicho que le preocupa:

  • La interoperabilidad
  • La estandarización y adopción de la tecnología
  • El proceso de escalabilidad
  • Los problemas de gobernanza y cumplimiento del marco regulatorio existente

Entre tanto, el  agente regulador de Chipre declaró que comenzará a evaluar las solicitudes de CASP existentes o potenciales, y ha alentado a otros a consultar la nueva norma PS-01-2021.

Obligaciones y expectativas claves de CySEC

Por la Directiva CySEC sobre el Registro, los CASP potenciales (los “Solicitantes”) deben presentar el correspondiente formulario de solicitud emitido por CySEC para su registro debidamente realizado, el cual deben incluir, entre otras cosas, información sobre:

1. El nombre, razón social, forma jurídica, un identificador de la entidad jurídica de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP).
2. La dirección física de cada proveedor
3. Los servicios prestados y/o las actividades que el CASP puede realizar según se define en los subpárrafos (a) a (e), en la definición de “Proveedor de Servicios Criptoactivos” en el párrafo (1) de la sección 2 de la ley.
4. El sitio web del proveedor
5. Todas las direcciones públicas de criptoactivos y/o carteras públicas originales controladas por el CASP que se utilizan o pueden utilizarse en la operación del CASP sobre cada criptoactivo (las "Direcciones de criptoactivos")

Además de esto, otros requisitos que se deben cumplir son:

  • La lista de los criptoactivos de quienes participan en cualquier actividad
  • Si el proveedor de servicios Criptoactivos acepta otros proveedores como clientes o no
  • Si el CASP ofrece o no servicios de pago comercial en criptoactivos a los proveedores
  • Si el proveedor de servicios de criptoactivos opera ATMs, el número y la ubicación geográfica de los mismos
  • Si el CASP está registrado o supervisado en cualquier otra jurisdicción
  • Todos los documentos y/o información adicional especificada del proveedores de servicios de criptoactivos (CASP)

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